Definition
Se refiere a si en el año 2010 su Jurisdicción llevó algún registro de disposición final de agua residual sin ningún tipo de tratamiento en metros cúbicos a un cauce fluvial que es una corriente natural de agua que fluye con continuidad, en base a esta definición incluye canales, quebradas, ríos, remanentes, deshielos, drenajes y vertiente intermitente, y se excluye lago/laguna y esteros.