Definition
- Propia: Cuando uno o varios miembros del hogar tienen título de propiedad legalizado (escritura pública) sobre la vivienda. En caso de que la vivienda haya sido habitada por invasión y ya esté legalizada, se marca la opción Propia.
- En arriendo o subarriendo: Se considera arriendo cuando por la vivienda que habita el hogar, se paga un canon o alquiler al dueño para tener derecho a ocuparla. Se considera subarriendo cuando el arriendo no se paga directamente al propietario sino a un arrendatario que ha cedido el derecho de habitación de una parte o toda la vivienda.
- En usufructo: Se considera que el hogar tiene una vivienda en usufructo, cuando este, con previa autorización del propietario o administrador, ocupa la vivienda sin que alguno de sus miembros sea dueño de ella y sin que se pague arriendo. Generalmente son cedidas por familiares o amigos o están en sucesión. Incluya también en esta alternativa los casos de las personas que viven en las casas de las fincas donde trabajan (mayordomos) y a las personas que les dan vivienda como parte de pago por su trabajo.
- Otra forma de tenencia: Corresponde a posesión sin título, ocupante de hecho, propiedad colectiva cuando el hogar habita en una vivienda que ha sido construida sobre un lote que no es de su propiedad o cuando el hogar ocupa una vivienda sin ser dueño de la misma y sin autorización del propietario o administrador.