Interviewer instructions
Esta pregunta busca indagar por el acceso a los servicios domiciliarios. La vivienda puede disponer del servicio a través de una conexión legal o ilegal y el servicio puede ser administrado o dirigido por una empresa pública, privada o de propiedad de la comunidad. La vivienda cuenta con el acceso al servicio si tiene la conexión aunque en el momento de la entrevista no se pueda usar el servicio o no esté funcionando.
Si la opción de respuesta es código 1 (Sí.), debe diligenciar el estrato para tarifa del servicio de energía eléctrica. Tenga en cuenta que si la vivienda tiene energía eléctrica legalizada, el estrato para tarifa está entre 1 y 6 en la mayoría de las ciudades; si la conexión es pirata registre código 0, si no es posible establecer el estrato o la vivienda cuenta con planta eléctrica registre código 9.
* Solicite a la persona el último recibo del servicio de energía y registre el estrato.
Cuando en la vivienda se tenga un negocio o pequeña fábrica y por ese hecho el recibo de la energía eléctrica lo paguen con tarifa comercial o industrial, asigne como estrato el más frecuente de las viviendas del segmento.
* Si se presenta el caso de conjuntos residenciales o edificios, en los cuales se aplica la encuesta a varios hogares o viviendas y en uno de los hogares encuestados, la persona que brinda información manifiesta que no sabe cuál es el estrato para tarifa de energía
eléctrica, asuma esta información de formularios diligenciados en ese mismo conjunto o edificio.
* Tenga presente que en una misma cuadra el estrato puede diferir de una vivienda a otra.
Cuando la vivienda está conectada a una red eléctrica pública o de propiedad de particulares y dispone del servicio marque alternativa 1. (Sí). Cuando la conexión es pirata se considera que la vivienda cuenta con energía eléctrica. Si la vivienda no cuenta con este servicio marque alternativa 2. (No.).