10. ¿Por su contrato actual, recibe o tiene derecho a:
a. Vacaciones con sueldo?
1 Sí
2 No
Literal question
10. ¿Por su contrato actual, recibe o tiene derecho a:
b. Prima de navidad?
1 Sí
2 No
Categories
Value
Category
1
Sí
2
No
Warning: these figures indicate the number of cases found in the data file. They cannot be interpreted as summary statistics of the population of interest.
Interviewer instructions
Lea las alternativas
El objeto de la pregunta es determinar que prestaciones recibe la persona de acuerdo con el contrato que tiene actualmente.
Question post text
10. ¿Por su contrato actual, recibe o tiene derecho a:
c. Derecho a cesantía?
1 Sí
2 No
Description
Definition
b. Prima de navidad. Remuneración a que tienen derecho todos los trabajadores y es equivalente a un mes del salario que devengue a 30 de noviembre de cada año. Se paga en la primera quincena de diciembre. Si la persona no ha trabajado todo el año, tiene derecho a esta prima en proporción al tiempo laborado a razón de 1/12 por cada mes completo de servicios.
Universe
El universo para la Gran Encuesta Integrada de Hogares está conformado por la población civil no institucional, residente en todo el territorio nacional; va dirigida a todos los hogares encontrados en la vivienda y solamente para personas de 10 años y más.
Source of information
La encuesta utiliza informante directo para las personas de 18 años y más, y para aquellas de 10 a 17 años que trabajen o estén buscando trabajo. Para los demás se acepta informante idóneo (persona del hogar mayor de 18 años, que a falta del informante directo pueda responder correctamente las preguntas). No se acepta información de empleados del servicio doméstico, pensionistas, vecinos o menores, excepto cuando el menor de edad es el jefe del hogar o cónyuge.
Others
Security
El acceso a microdatos y Mam-up se considera como de tratamiento especial respecto a la reserva estadística por tanto estará sujeto a la reglamentación que para el efecto defina el Comité de Aseguramiento de la reserva estadística. Resolución 173 de 2008.