Acuerdos bilaterales en seguridad social con Espana y Chile

Type Working Paper
Title Acuerdos bilaterales en seguridad social con Espana y Chile
Author(s)
Publication (Day/Month/Year) 2017
URL http://repository.oim.org.co/bitstream/20.500.11788/1486/1/PER-OIM_005.pdf
Abstract
La presente investigación a partir del análisis de los convenios internacionales, el marco constitucional
y los estándares internacionales más recientes propone los elementos que debe contener un convenio
bilateral de seguridad social. Para ello se realiza una distinción entre el alcance de los convenios internacionales
que actúan como estándares de protección social para evitar o limitar el dumping social y
aquellos otros convenios que surgen como acuerdos de coordinación de ordenamientos jurídicos de
seguridad social.
El estudio analiza las dificultades de implementación de los convenios bilaterales con Chile y España.
Para ello se tiene en cuenta, además del marco normativo y procedimental, las condiciones económicas,
políticas, informativas, técnicas e institucionales de los actores involucrados. Se realiza para ello un
breve análisis de las condiciones socio- laborales de los migrantes peruanos en el exterior y las condiciones
institucionales de los sistemas de seguridad social de Chile y España, en particular los aspectos
vinculados a las autoridades e instituciones competentes y organismos de enlace.
La investigación tiene en cuenta las buenas prácticas y modelos exitosos de convenios bilaterales de
seguridad social, en particular los casos de países que resultan de interés para el Perú como Italia, Estados
Unidos y Japón. Para ello se tiene en cuenta el nivel de ratificación de convenios de estos países y
las condiciones estructurales y coyunturales que condicionaron sus decisiones de ratificación.
Finalmente, a partir del análisis de los principales casos de estudio (convenios con Chile y España) se
identifican sus dificultades de implementación para a partir de la evaluación de sus condicionantes se
planteen algunas propuestas de solución, teniendo en cuenta la importancia de contar con convenios
bilaterales de seguridad social con países como Italia, Estados Unidos y Japón.

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