Question pretext
38. ¿En caso de enfermedad como cubriría los costos médicos y los medicamentos?
a. Es afiliado como cotizante a un régimen contributivo de salud (EPS)
b. Es afiliado a un régimen subsidiado de salud
c. Es beneficiario de un afiliado
d. Con ahorros personales
e. Con ayudas de los hijos o familiares
f. Con otro tipo de seguro o cubrimiento
g. Pidiendo dinero prestado
h. Vendería su vivienda o bienes del hogar
i. Empeñaría bienes del hogar
j. No lo ha considerado
k. No tiene recursos
l. Otro,
Question post text
40. ¿A cuál de los siguientes fondos cotiza actualmente:
a. Fondo privado?
b. ISS, Cajanal?
c. Regímenes especiales (FFMM, Ecopetrol etc)?
d. Fondo Subsidiado (Prosperar,etc.)?
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Si la respuesta a esta pregunta es la alternativa 1 (Si), continúe con la siguiente pregunta.
Si la respuesta a esta pregunta es la alternativa 2 (No), siga con el flujo correspondiente a la pregunta 43(P6980) del capítulo I. OCUPADOS.
Si la respuesta a esta pregunta es la alternativa 3 (Ya es pensionado), siga con el flujo correspondiente a la pregunta 44(P6990)del capítulo I. OCUPADOS.
Esta pregunta se debe diligenciar para todos los ocupados.
Para el diligenciamiento de esta pregunta tenga en cuenta:
El sistema general de pensiones tiene por objeto garantizar a la población el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez y la muerte, mediante el reconocimiento de las pensiones y prestaciones que se determinan en la ley 100/93.
Serán afiliados al sistema general de pensiones:
• En forma obligatoria, todas las personas vinculadas mediante contrato de trabajo o como servidores públicos.
• En forma voluntaria, los trabajadores independientes y en general todas las personas naturales residentes en el país y los colombianos domiciliados en el exterior que cumplan algunos requisitos contemplados en la ley 100/93. Los extranjeros que en virtud de un contrato de trabajo permanezcan en el país y no estén cubiertos por algún régimen de su país de origen o de cualquier otro.
• Las personas pensionadas ya no se les descuenta, por lo tanto no están afiliadas a un fondo de pensiones, aunque sigan desempeñando alguna actividad como empleados, asalariados o en condición de trabajadores independientes en estos casos deben marcar alternativa 3.
• Cuando el informante conteste que está afiliado por pensión al Seguro Social, Caja de Previsión, Entidad Administradora de Pensiones (Colmena, Colpatria, Porvenir, Davivir etc.), marque alternativa 1 (Si).
• Existe también el régimen de excepciones correspondiente a entidades que tienen su propio sistema de pensiones, como:
Los miembros de las fuerzas militares y de policía.
Personal civil del Ministerio de Defensa y la policía nacional.
Personal docente afiliado al Fondo Nacional de prestaciones sociales del magisterio.
Empleados y pensionados de Ecopetrol etc.
Si la persona está afiliada a alguno de estos regímenes digite alternativa 1 (SI).
Aunque lo anterior es lo contemplado por la ley, el recolector puede encontrar otras situaciones como: ocupados no afiliados al régimen de pensiones, información que debe registrarse tal cual la suministra el informante.
• Solo se anotará la opción 1 (Si), cuando la persona informa que actualmente se encuentra cotizando para pensiones, es decir, si cotiza por el trabajo que tiene bien sea como empleado (asalariado) o independiente.